El Tribunal Supremo redefine el concepto de accidente laboral: infartos en el camino al trabajo quedan fuera de protección
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo excluye infartos ocurridos durante el trayecto al trabajo como accidentes laborales, generando preocupación entre los trabajadores.
Un cambio significativo en la legislación laboral
En un giro inesperado para los trabajadores, el Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que podría cambiar la forma en que se consideran ciertos incidentes de salud relacionados con el trabajo. La reciente decisión establece que los infartos ocurridos durante el trayecto hacia el lugar de trabajo no son considerados accidentes laborales, lo que implica que los afectados no recibirán las mismas compensaciones y beneficios que aquellos que sufren un accidente directamente relacionado con su actividad profesional.
La jurisprudencia española ha mantenido históricamente una clara distinción entre bajas laborales por enfermedad común y accidentes laborales. Mientras que los primeros requieren un periodo mínimo de cotización y ofrecen una compensación menor, los segundos permiten a los trabajadores acceder a mayores beneficios sin necesidad de cumplir con esos requisitos. Sin embargo, esta nueva interpretación del Tribunal Supremo añade una capa adicional de complejidad al tema.
La decisión del tribunal se originó a partir del caso de un encargado de obra, quien sufrió un infarto mientras se dirigía a su trabajo en 2019. Inicialmente, la Seguridad Social clasificó este evento como un accidente laboral. Sin embargo, tras un recurso presentado por la mutua correspondiente, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña determinó que la afección cardíaca no estaba relacionada con las actividades laborales del trabajador.
A pesar del fallo en su contra, el trabajador llevó su caso al Tribunal Supremo buscando establecer precedentes basados en otro incidente similar ocurrido en la Comunidad Valenciana. En ese caso particular, sí se consideró accidente laboral debido a que el afectado estaba realizando un viaje de negocios. No obstante, el Alto Tribunal aclaró que las circunstancias eran diferentes y reafirmó su postura sobre la falta de relación directa entre las patologías cardíacas y las tareas laborales.
A partir de esta sentencia, queda claro que cualquier trabajador que sufra problemas cardíacos durante su trayecto hacia o desde el trabajo deberá demostrar una relación directa entre su estado de salud y sus funciones laborales para poder acceder a beneficios por accidente laboral. Esto podría resultar complicado para muchos empleados, ya que implica aportar pruebas adicionales sobre cómo sus condiciones laborales pudieron haber influido en su salud.
A medida que esta nueva interpretación legal se asienta en la práctica diaria, es fundamental para los trabajadores estar informados sobre sus derechos y las implicaciones legales relacionadas con su salud y seguridad en el entorno laboral. La decisión del Tribunal Supremo subraya la importancia de contar con protocolos claros y efectivos para proteger a los empleados no solo dentro del lugar de trabajo sino también durante sus desplazamientos hacia él.
